Ficha Corrida

25/12/2015

Macri se faz, por decreto, macro bolivariano

Macri  governa por decretoPara lá dos significados da Ley de Medios está o método. Enquanto Nestor Kirchner buscava o diálogo na busca da pluralidade de informação, sua mulher, Cristina, haja vista as infrutíferas tentativas do ex-marido, impulsionou, via Congresso, a aprovação de uma Ley que impedisse a concentração dos meios nas mãos de uma única familia, a Herrera Noble.

Maurício Macri é de outra cepa. Descende, em linha ideológica reta, dos ditadores militares. Seu autoritarismo era por demais conhecido. Bastou se eleger e sua primeira medida foi um decreto para que o Clarín fosse voz única e porta-boss do novo governo.

As medidas que os associados da SIP e do Instituto Millenium chamam de bolivarianas nos governos Maduro, Cristina Kirchner e Dilma não passam de refresco diante da truculência do ato institucional com que obrigam seus ventríloquos baixarem como primeiro ato de governo.

No Brasil sabemos muito bem como isso acontece. Quando Sarney ficou presidente, a cota da Globo preencheu sozinha o Ministério das Comunicações, com Antônio Carlos Magalhães. Para se ver o verdadeiro caráter da Rede Globo, que vai “Muito Além do Cidadão Kane”, basta citar as famílias que fazem parte da rede de filiais: Sarney, no Maranhão; Jereissati, no Ceará; Garibaldi Alves, no Rio Grande do Norte; Collor de Mello, em Alagoas; ACM, na Bahia; J. Hawilla, no oeste de São Paulo; e Sirotsky, no Sul. Todos cúmplices da ditadura, com a qual se firmaram e cresceram. Acostumadas a criticarem o peso do Estado, sempre se socorrem de Bancos Estatais, como fez por exemplo a RBS, com o Banco do Brasil e o Banrisul, e a Globopar, com o BNDES.

Em São Paulo, nestes mais de 20 anos de PSDB, milhares de assinaturas da Veja, Estadão e Folha são distribuídos pelas escolas públicas. Caso Aécio Neves, candidato que abraçaram a “carreira”, fosse eleito veríamos o que está acontecendo na Argentina de Maurício Macri: o Estado a serviço do grupos mafiomidiáticos. Se em São Paulo o PCC governa, em Brasília o Marcola seria chefe da Polícia Federal, e Rodrigo de Grandis e Júlio Marcelo de Oliveira disputariam o a PGR.

Nos anos 90 ficou famosa uma campanha publicitária com a marca Orloff: “eu sou você amanhã”. Será que o Brasil de amanhã a Argentina de Maurício Macri?! Toc! Toc! Toc!

Decretamos

Por Santiago Marino *

Mauricio Macri decidió la intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Aftic), mediante el Decreto 236/2015. Tendrá una duración de 180 días (es un plazo prorrogable) y fue anunciada en conferencia de prensa por el ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, en la mañana de ayer, con anterioridad a la publicación del Boletín Oficial. Es la confirmación de la tendencia de tomar decisiones por decreto y sin consenso. La de impacto más profundo en las políticas de comunicación. Y la apertura a un escenario en que los actores potentes del mercado volverán a incidir en la configuración del campo.

El titular del ministerio creado por otro Decreto (el 13/2015 que había reformado los artículos 10 y 12 de la ley audiovisual) cumplió con su promesa de avanzar en la intervención de los organismos de aplicación de las leyes 26522/09 (mal llamada “de medios”) y 27078/14 (de telecomunicaciones, conocida como Argentina Digital). Por otro lado, alteró la forma y parte de la herencia del gobierno de Cristina Fernández en relación con los medios. Esto lo hace en línea con su afirmación reciente: “la ley de medios no va a subsistir a nuestro gobierno”.

Esta decisión implicó la reacción del presidente del directorio (que solicitó una medida cautelar y un hábeas corpus), de organizaciones vinculadas a la comunicación comunitaria y sin fines de lucro de Argentina y América latina y de todo el campo de la comunicación, que incluyó los trabajadores de los medios privados concentrados y hasta organizaciones de la sociedad civil no afines al kirchnerismo, como Fopea y ADC. Además de movilizaciones hacia la sede de Afsca.

Así, la política de comunicación de la Alianza Cambiamos toma forma. Mediante una serie de decretos avanzó en varias zonas de la estructura heredada: creó “el Sistema de Medios y Contenidos Públicos” (Decreto 12/2015) en reemplazo de Radio y Televisión Argentina (Canal 7, Radio Nacional, RAE, Télam, Bacua, la porción nacional de Telesur y los agregados Centro Cultural Kirchner y Tecnópolis) cuyas funciones y competencias se definieron en el demorado Boletín Oficial del día de ayer; designó nuevas autoridades en ARSat y definió que el Ministerio de Comunicaciones opere sus acciones y las de Correo Argentino.

El Decreto 236/2015 reforma una ley aprobada por amplias y diversas mayorías y con legitimidad robusta con una decisión del PEN que no es resultado de la búsqueda de consensos. Esto sienta un precedente peligroso, dado que con estos argumentos el PEN podría intervenir casi cualquier organismo. Y podría afectar incluso la generación de políticas a largo plazo, que trasciendan los cambios de gobierno. Su apelación a que la Afsca no cumplió en este tiempo el art. 47 de la ley audiovisual parece escaso. Más si es el único argumento con cierta solidez y que no se basa en supuestos ni condicionales.

El texto es una obra peculiar e incluye una serie de verbos en condicional que sorprende para un instrumento legal. Abundan los “se verificaría” y “se habría aprobado”. El primer considerando da cuenta del derecho de los consumidores (cita al art. 42 de la CN) en contraposición con el paradigma del Derecho a la Información que guía la ley audiovisual. El objetivo de intervenir los organismos se complementa con el de fusionarlos, en pos del desarrollo tecnológico sucedido tras la sanción de ambas leyes. En este aspecto desconoce que el art 14 de la ley audiovisual establece que el presidente y los directores de Afsca “sólo podrán ser removidos de sus cargos por incumplimiento o mal desempeño de sus funciones”. Y que la “la remoción deberá ser aprobada por los dos tercios del total de los integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual”. A su vez, los avances que reclama para la ley Argentina Digital bien podrían ser resueltos con la sanción de su Decreto Reglamentario, nunca aprobado.

Nada de lo dicho hasta aquí desplaza las críticas que planteara oportunamente a la aplicación de la ley audiovisual desde su sanción. Y fundamentalmente desde 2013 cuando la corte validó si Constitucionalidad. Pero la decisión del presidente Macri implica intervenir dos organismos autárquicos cuya composición involucra representantes de las minorías del Congreso. En el caso de Afsca, además, avanza sobre un ente creado por una ley que incluyó la participación formal de la ciudadanía para con los tres poderes de la República: los foros ciudadanos convocados por el PEN; las Audiencias Públicas en la Cámara de Diputados y la de Senadores para discutir el proyecto; y las realizadas por la Corte Suprema en ocasión de decidir la constitucionalidad de la ley ante la denuncia del Grupo Clarín.

La figura del interventor para los organismos que regulan la comunicación en el país nos lleva hacia atrás. Y permite recordar que entre 1983 y 2009 el Comfer estuvo intervenido porque si no debía estar a cargo de un general, un almirante y un brigadier. Pero también hacia adelante, para pensar el contexto y las condiciones en que se podría dar el debate por una política convergente para un sistema que tiene como marco la disputa por el mercado de los grandes jugadores: el campeón “nacional” Clarín y el “extranjero” Telefónica.

Argentina cuenta con un sistema de medios fuertemente concentrado y con altos niveles de incidencia de capitales extranjeros. El marco regulatorio vigente fue resultado de un debate intenso y que no logró trasformar esos rasgos por haber sido aplicado poco y mal. El camino adoptado desde el 10 de diciembre parece habilitar la profundización de esos aspectos, e interpelar a la ciudadanía como lo hace el Decreto: solamente como “consumidores”. Cambiaron.

* Profesor investigador UNQ-UBA-San Andrés.

Un decreto para avanzar contra la ley

El Presidente desconoció los mecanismos de remoción establecidos por el Congreso y nombró a un ex legislador del PRO y a un familiar del ministro del Interior. Las autoridades de esos organismos presentaron una cautelar y el macrismo respondió con una denuncia penal.

Por Sebastian Abrevaya

Mediante un decreto simple, el presidente Mauricio Macri resolvió ayer intervenir la Afsca y la Aftic, dos organismos clave que regulan los medios audiovisuales y las telecomunicaciones. La medida desconoce los mecanismos de remoción establecidos por el Congreso Nacional y desplaza a sus respectivos presidentes, Martín Sabbatella y Norberto Berner, cuyos mandatos vencen en 2017 y 2019. El anuncio lo realizó el ministro de Comunicaciones, el radical Oscar Aguad, quien consideró que “existe como una rebeldía” de los funcionarios “para atenerse al nuevo régimen de ministerios”, fijado la semana pasada por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Tanto la Afsca como la Aftic solicitaron a la Justicia una medida cautelar contra la resolución del Poder Ejecutivo, que designó en esos organismos a una persona claramente identificada con el macrismo y a un familiar del ministro del Interior. En la Afsca, se nombró a Agustín Garzón, ex legislador del PRO y en la Aftic a Mario Frigerio, tío de Rogelio Frigerio. Al conocerse la noticia, dirigentes y agrupaciones kirchneristas se manifestaron en las puertas de la Afsca mientras que organizaciones de Derechos Humanos, académicos y referentes del derecho expresaron su rechazo. En paralelo, el PRO presentó una denuncia penal contra Sabbatella por abuso de poder y usurpación del cargo, que recayó en el juzgado de Julián Ercolini.

Menos de quince días tardó Macri en avanzar contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, aprobada luego de años de debate en la sociedad civil y con un amplio consenso multipartidario: en Diputados obtuvo 146 votos a favor, 3 abstenciones y 3 en contra y en el Senado 44 votos a 24. La norma aprobada en 2009 contó también con el aval de la Corte Suprema, que declaró su constitucionalidad tras años de litigio por parte del Grupo Clarín. El multimedio todavía continúa su batalla judicial para impedir su adecuación a la ley. La Afsca había apelado el fallo del juez Pablo Cayssials, quién le dio la razón a Clarín respecto del proceso de adecuación de oficio. El nuevo interventor podría desistir de esa apelación, beneficiando así al grupo empresario conducido por Héctor Magneto.

El primer paso de Macri fue el DNU 13/15 de la semana pasada, en el que subordinó a la Afsca y la Aftic a la órbita del Ministerio de Comunicaciones y a éste último le otorgó facultades que eran propias de esos dos entes. El DNU fue cuestionado por el FpV en el Congreso pero continúa vigente ya que se necesita del rechazo de ambas cámaras legislativas para que sea derogado.

A ese decreto de necesidad y urgencia se le sumó el decreto simple publicado hoy en el boletín oficial. Sorpresivamente, en la página web correspondiente no figuró el boletín oficial del día hasta que Aguad anunció mediáticamente la intervención.

“Ambos organismos y sus autoridades no responden a la nueva estructura orgánica de la ley de ministerios”, sostuvo el ex diputado radical, apodado “el milico”, en un breve intercambio con la prensa. El ministro calificó como “rebelión” la continuidad de los funcionarios. “Obviamente estamos frente a un caos donde las decisiones se contraponen y se contradicen razón por la cual no podemos seguir funcionando de esta manera”, afirmó.

La intervención tiene un plazo de 180 días, aunque desde Cambiemos dejaron entrever que se buscará una modificación de la legislación vigente para unificar ambos organismos bajo el mando del ex secretario de medios porteño, Miguel de Godoy. El propio Aguad lo deslizó ayer al señalar que “por ahora” no se modifica la ley de medios y que van a “seguir tomando medidas sobre lo que es la regulación y la planificación estratégica de la Argentina”.

“Nosotros no pretendemos nombrar funcionarios en estos entes que perduren en el tiempo después del gobierno que viene. Cada gobierno tiene derecho a ejecutar sus políticas y nombrar sus funcionarios, para eso hay elecciones”, afirmó Aguad, en abierta contradicción con el artículo 14 de la LSCA. La norma buscó expresamente mayor independencia al desfasar el mandato del Poder Ejecutivo con los del directorio de la Afsca, tal como sucede en otros organismos similares del mundo, por ejemplo en Francia y Estados Unidos. De hecho, durante el debate parlamentario en 2009, los propios legisladores de lo que hoy se llama Cambiemos reclamaron otorgarle no menos sino más independencia del organismo respecto del Poder Ejecutivo.

De hecho, a partir de la intervención no sólo se removerá al titular de la Afsca, sino que Garzón concentrará atribuciones que hoy competen a los siete miembros del directorio del organismo, que tiene representantes de las tres principales fuerzas parlamentarias, de académicos y de un Consejo Federal compuesto por las 24 provincias.

En declaraciones a la prensa, Sabbatella detalló que se presentó una medida cautelar y un hábeas corpus preventivo para garantizar la libertad de trabajadores y funcionarios. En el organismo tomaron como un acto intimidatorio el despliegue policial montado en la zona del organismo, que incluyó un vallado y un operativo de infantería, finalmente retirado. El ministro sostuvo que se trató de “un error de información”, pero sin embargo anoche la policía ingresó al edificio de la Aftic para advertirle a los trabajadores que debían evacuar el lugar ya que pasados 10 minutos cortarían la luz. A los 10 minutos, el edificio se quedó a oscuras.

“Este decreto es ilegal, anticonstitucional y está violentando la ley. Macri no tiene facultades para hacerlo”, aseguró ayer Sabbatella, que calificó la situación como “un conflicto de poderes”. “Lo que están haciendo es una barbaridad, es un atropello brutal, por eso le pedimos al Poder Judicial que ordene esto”, aseguró y denunció que se busca evitar la aplicación de la ley de medios para favorecer a Clarín.

Desde la Afsca negaron que se encuentren “atrincherados” y adelantaron que acatarán la resolución del amparo. La causa quedó en manos del juzgado contencioso administrativo federal número 8, a cargo de la jueza subrogante, Cecilia Gilardi. En respuesta, el PRO presentó una denuncia penal contra Sabbatella, que recayó en el juzgado de Ercolini. El fiscal Carlos Stornelli le pidió al magistrado que allane el organismo. Según fuentes judiciales, Ercolini por el momento tomará algunas medias previas antes de dar inicio a la investigación.

La cautelar de la Afsca pide la “nulidad absoluta” del decreto 236 en virtud de su “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”. Además, solicita la nulidad del DNU 13/2015, que dispuso que las funciones y competencias de la Afsca pasaran al ámbito del nuevo Ministerio de Comunicaciones. En sus considerandos sostiene que se violan derechos constitucionales, el principio de división de poderes, el principio de razonabilidad y que esto lleva como “correlato la amenaza concreta del derecho a la libertad de expresión de todos los ciudadanos y ciudadanas”.

Al mismo tiempo se detalla que no se cumple con el mecanismo de remoción establecido en el artículo 14 de la LSCA: “El presidente y los directores solo podrán ser removidos de sus cargos por incumplimiento o mal desempeño de sus funciones o por estar incurso en las incompatibilidades previstas por la ley 25.188. La remoción deberá ser aprobada por los dos tercios del total de los integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, mediante un procedimiento en el que se haya garantizado en forma amplia el derecho de defensa, debiendo la resolución que se adopta al respecto estar debidamente fundada en causales antes previstas”, reza la norma.

En el escrito de la Afsca se señala también que el DNU que reformó la ley de ministerios no cumple con los requisitos establecidos en la constitución para que el presidente pueda emitir disposiciones de carácter legislativo. Según la presentación, se podría haber convocado a sesiones extraordinarias y no existe urgencia que impida seguir el trámite parlamentario.

Ayer organizaciones de derechos humanos como el CELS, además de colectivos de comunicadores y asociaciones de periodistas habían expresado su rechazo a la medida. Se espera que en los próximos días se realicen presentaciones judiciales en distintos puntos del país. Hubo, además, críticas de los dos bloques legislativos del Frente para la Victoria, así como del líder de Proyecto Sur, Fernándo “Pino” Solanas, de Libres del Sur, Humberto Tumini, y de la dirigente del Frente de Izquierda, Myriam Bregman.

Los diputados del Frente para la Victoria fueron a la sede de la Afsca para respaldar a Martín Sabbatella.

Un decreto para avanzar contra la ley

SUBNOTAS

EL PAIS › REACCIONES POLITICAS ANTE LAS INTERVENCIONES DE LA AFSCA Y LA AFTIC

“Empezó la devolución de favores”

Legisladores del Frente para la Victoria acompañaron al titular de la Afsca ante la intervención y la presencia de la policía. Desde otros sectores políticos también señalaron que las medidas fueron contrarias a la ley.

La decisión del Gobierno de intervenir la Afsca y la Aftic vía DNU y en contradicción con la ley de medios despertó rechazos de los principales referentes del peronismo. El bloque del PJ-FpV del Senado, en un comunicado unificado, sostuvo que Mauricio Macri “asumió con un mensaje de respeto a las instituciones, pero está haciendo todo lo contrario con medidas discrecionales”. El bloque de diputados, por su parte, calificó la medida de antidemocrática y varios legisladores se movilizaron hacia las oficinas de la Afsca. El decreto 236/15 fue repudiado por varios diputados y referentes no identificados con el FpV.

Máximo Kirchner, diputado nacional (FpV): “Se acabó la campaña y empezó la devolución de favores a Magnetto. Todo el avasallamiento institucional que se está viendo sólo es posible con asfixia mediática, pero la sociedad va a buscar las formas de comunicarse y mantenerse informada. Esta medida es el resultado de la soberbia y la ceguera de querer sobreactuar autoridad. Es curioso: Néstor, con el 22 por ciento de los votos, tuvo la autoridad necesaria para rechazar el pliego de condiciones de Claudio Escribano y La Nación, y Macri con el 51 por ciento, lo está siguiendo al pie de la letra”.

Wado de Pedro, diputado nacional (FpV): “El Presidente cierra su primera cadena de devolución de favores al poder económico, a un sector del poder judicial y al poder mediático. Intervino Afsca y Aftic, dos organismos que tienen su independencia garantizada por ley, otra vez utilizando el DNU. El objetivo es consolidar y ampliar el monopolio Clarín, reduciendo la pluralidad de voces para influir en la opinión de la gente”.

Héctor Recalde, diputado nacional (FpV): “El decreto viola tratados internacionales, la Constitución y la ley. Además invade todas las funciones del Congreso. No puede ser que gobiernen de facto. No vamos a permitir que se viole impunemente la Constitución”.

Juan Manuel Abal Medina, senador (FpV): “Macri ganó prometiendo diálogo y mayor calidad institucional. En 13 días de gobierno algunas de sus medidas apuntan en sentido contrario. Jueces de la Corte en comisión, la intervención de Afsca y Aftic y leyes importantes modificadas por DNU implican un retroceso institucional”.

Jorge Rivas, dirigente del Socialismo para la Victoria: “La decisión de Mauricio Macri de intervenir la Afsca exhibe un sesgo brutalmente autoritario, además de constituir un verdadero dislate jurídico. Lo que pone en evidencia es el patético servilismo con que el nuevo Gobierno paga a las grandes corporaciones mediáticas la protección informativa”.

Juliana Di Tullio, diputada nacional (FpV): “Sabbatella fue votado por acuerdo del Senado y para cumplir su función 4 años. No interesa quién sea el presidente de turno”.

Carlos Tomada, legislador porteño (FpV): “Se trata de un atropello institucional y judicial más grave aún que el decreto sobre los jueces de la Corte Suprema. Están borrando con el codo lo que escribieron en campaña en materia de discurso republicano e institucional. Nuestro apoyo a Sabbatella no sólo es por las coincidencias políticas sino también porque apoyarlo significa respaldar la ley de medios”.

Humberto Tumini, secretario general de Libres del Sur: “No parece muy respetuoso de las instituciones cambiar vía DNU artículos de la ley de medios, sin pasar por el Congreso, como anunciaron”.

Pino Solanas, senador (Proyecto Sur): “Si el PRO quiere corregir la ley de medios debería llevar su propuesta al Congreso”.

Gabriel Mariotto, diputado del Parlasur: “La ley de medios garantiza el derecho a la información. El Gobierno abusa del poder groseramente. Es un atropello a la democracia voltear la ley por DNU:”

Myriam Bregman, diputada nacional (PTS en el Frente de Izquierda): “Macri refuerza su dedazo, gobierno de los decretazos. Por eso no llamó a extraordinarias en el Congreso”.

Agustín Rossi, diputado del Parlasur: “La Corte completada por decreto, la Afsca intervenida, el diálogo y las formas republicanas, globitos de colores”.

Página/12 :: El país :: “Empezó la devolución de favores”

22/12/2015

Ministro da Suprema Corte, por decreto, na Argentina do Marcri tem

O que Maurício Macri vem fazendo na Argentina mostra o que teria acontecido no Brasil se o Napoleão das Alterosas tivesse vencido as últimas eleições. Ambos são bons em atacar o bolivarianismo dos governos Dilma e Kirchner. Basta ver o que fazem quando assumem para se ter certeza de que atacam para se defenderem. Acusam de algo que fazem.

Se o playboy dos hiPÓcritas tivesse ganho as eleições Rodrigo de Grandis seria nomeado procurador-geral e para o STF desencavaria muitos outros Gilmar Mendes.

Nas próximas eleições, em 2018, lembrem-se do famoso “efeito orloff”, eu sou você amanhã, quando se dizia que tudo o que aconteceria na Argentina depois também aconteceria no Brasil.

Para el juez Alejo Ramos Padilla, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti no podrían asumir a menos que sus pliegos pasen por el Senado.

Freno a los jueces por decreto y “en comisión”

Con una medida cautelar se suspendió la posible asunción de los abogados designados por Macri para la Corte

Por Irina Hauser

La designación de dos jueces de la Corte Suprema por decreto y en comisión tuvo ayer la primera medida cautelar en contra y quedó en suspenso. El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, sostuvo que puede ser nula y ordenó que el alto tribunal se abstenga de tomarles juramento a los elegidos, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti. La suspensión solo cesa, dice la resolución, si los pliegos son aprobados con mayoría especial por el Senado, la instancia que el Gobierno decidió saltear al firmar el decreto 85/2015. El fallo considera “arbitrario y abusivo” el método que se utilizó para los nombramientos, en base a una interpretación forzada del inciso 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional, cuando existen –apunta– procedimientos específicos para cubrir vacantes en forma definitiva o transitoria. Buena parte de su argumentación se sostiene en fallos no muy lejanos de la propia Corte, en especial el que dice que hasta para ser conjuez supremo hay que obtener los dos tercios de los votos en el Senado, cuyo acuerdo “constituye un excelente freno sobre el posible favoritismo presidencial”, en palabras del encumbrado tribunal. “No sé si tiene valor el fallo, porque lo que hacemos nosotros es constitucional, y la decisión la tiene la Corte cuando llegue el momento de la jura, creo que a ellos no les aplica este tipo de fallos”, dijo el presidente Mauricio Macri. Todo indica que el Poder Ejecutivo apelará, con lo cual no está todo dicho.

“Todas las partes y las autoridades públicas en particular tienen que respetar las decisiones de los jueces dictadas en marco de las causas sometidas a su jurisdicción, de lo contrario no habría forma de garantizar la división de poderes”, explicó el juez Ramos Padilla, consultado por Página/12. “Por lo tanto, la Corte se debe abstener de tomar el juramento, que es algo que corresponde a su función administrativa, que le otorga la Constitución, no a su función jurisdiccional”, añadió. Un tramo del fallo alude a la reunión que tuvieron Macri y el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, tras la cual anunciaron la postergación de la asunción de Rosenkrantz y Rosatti para febrero y con eso intentaron mostrar que la discusión estaba superada. Ramos Padilla dice que, aunque hasta la agencia de noticias de la Corte lo pintó así, el debate sobre la legalidad recién empieza. En eso radica, según justifica, la “urgencia” de una cautelar que frene la asunción: “si estamos frente a un proceso ilegítimo de designación, el mismo ya ha sido puesto en marcha, se encuentra en vías de ejecución” y sólo falta que la “Corte Suprema les reciba juramento a los designados”. Los supremos hablarían de esto hoy, en su acuerdo.

Ciudadanos, jueces, políticos

Hasta ahora se presentaron más de una docena de medidas cautelares contra el nombramiento de supremos por decreto en distintas provincias. Algunas provienen de organizaciones como el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis), Abogados por la Justicia Social (AJUS), Movimiento de Profesionales para los Pueblos e HIJOS, pero las hay de ciudadanos sueltos. Una de ellas fue rechazada por la jueza Rita Ailán, por no tener un supuesto interés legítimo. Ramos Padilla, en cambio, aceptó la de un “ciudadano común”, Mariano José Orbaiceta. Alega que la “Corte Suprema tiene jurisdicción en los asuntos de todo el país y todos los ciudadanos pueden verse afectados si dos de sus cinco miembros son designados de manera unilateral por el Poder Ejecutivo sin acuerdo del Senado y sin siquiera poder ejercitar el derecho” que les ha otorgado el decreto 222/03 que autolimitó a las autoridades. Ese decreto faculta a “los ciudadanos en general” además de organizaciones, a formular las apreciaciones que quieran sobre los candidatos, pero no sólo se aplica en una primera etapa de impugnaciones ante el Ministerio de Justicia (que es la que puso en marcha el Gobierno), sino en una segunda que “se está eludiendo”: la que se desarrolla en el Senado, que incluye una audiencia pública, dice Ramos Padilla.

En el Gobierno celebraban que el fallo hubiera sido firmado por un juez al que pueden identificar con la agrupación crítica Justicia Legítima. Es un recurso al que fuerzas antikirchneristas recurren cuando quieren descalificar una decisión judicial sin más y dar a entender que sólo encierra una intencionalidad política. En el macrismo evalúan que les resulta funcional la lógica “amigo-enemigo” en casos así. Justicia Legítima, fuente de inspiración de reformas judiciales promovidas por el gobierno pasado, está en la otra vereda. Macri, el más despiadado, directamente llegó a decir que duda de que el fallo tenga algún valor y que un juez le pueda dar una indicación a la Corte sobre un acto administrativo. Ayer asumió Carlos Balbín como procurador del Tesoro (jefe de los abogados del Estado) y será quien se ocupe de analizar una posible apelación.

La Corte en su trampa

El día que, en pleno brindis de fin de año y homenaje a Carlos Fayt, Lorenzetti anunció que la Corte les tomaría juramento a los dos designados por decreto y que eran “bienvenidos”, en el mismo salón, los propios funcionarios y empleados del tribunal recordaban los fallos supremos que en distintos temas señalaron que no se puede obviar el Senado en el nombramiento de jueces, incluso subrogantes (como dice el fallo que declaró la inconstitucionalidad del sistema de subrogancias), y que la aprobación requiere una mayoría calificada en la caso de los cortesanos. La prórroga de la jura dio cuenta de una advertencia de la Corte al Gobierno: una versión le atribuye el enojo y desacuerdo a Elena Highton de Nolasco; otra al propio Lorenzetti. El hecho es que Ramos Padilla asienta una buena parte de su fundamentación en un fallo reciente del alto tribunal y lo pone en un brete. Es el que declaró la nulidad de una lista de conjueces que había sido aprobada por el Ejecutivo (entonces Cristina Kirchner) con acuerdo del Senado para cubrir cargos en la Corte en casos de que fuera necesario. Lo que cuestionó la sentencia es que la aprobación no había sido con la mayoría agravada que se requiere para los jueces máximos. Decía que eso “ponía en peligro derechos, garantías y hasta el propio diseño constitucional y republicano”.

Ramos Padilla razona que si los conjueces de la Corte, que suelen ser sorteados para intervenir en un solo caso, deben cumplir con los mismos requisitos de designación que cualquier miembro estable, más aún se debería aplicar esa regla a Rosatti y Rosenkrantz, que “habrán de intervenir en todos los procesos”. Luego cita tramos del fallo sobre los conjueces (“Aparicio”). Uno dice que el sistema de designación de jueces “encierra la búsqueda de un imprescindible equilibrio político, pues (…) el acuerdo del Senado constituye un excelente freno sobre el posible favoritismo presidencial”. Eso lo firmaron Lorenzetti, Highton de Nolasco, Fayt y Juan Carlos Maqueda. “El nombramiento de los jueces de la Nación con arreglo al sistema constitucionalmente establecido se erige en uno de los pilares de la división de poderes”, señala también aquel fallo. A partir de eso, Ramos Padilla, advierte que si se continúa con un procedimiento irregular se afectará –según dice la Corte– “la división de poderes, el sistema republicano, los equilibrios”, la imparcialidad e independencia” y podrían primar “los favoritismos”.

¿Por qué no es válido recurrir al inciso 19 del artículo 99 de la Constitución para designar jueces por decreto? Según el juez, si bien esa disposición autoriza a “llenar vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso”, el concepto de “empleo” “no puede ser equiparable a la función de juez” ya que la expresión lleva implícita la “relación de dependencia”, pero los jueces pertenecen a otro Poder del Estado, razona. Considerarlos a los jueces empleados pone “en crisis todo el sistema republicano”, alerta. Agrega que no es cierto que la Corte no pueda funcionar con tres hasta que haya nuevos nombramientos: hay mecanismos para cubrir eventuales faltas, primero con los presidentes de Cámara. Cuestiona la equiparación, en el decreto, con precedentes donde se nombró en comisión a jueces inferiores, pero antes de la reforma constitucional de 1994, cuando –por ejemplo– se estableció el Consejo de la Magistratura para desterrar la designación política, a dedo, de los jueces.

Todas las voces

Al final hace un racconto de juristas de todo el arco ideológico que estos días cuestionaron la iniciativa de Macri: Raúl Zaffaroni (quien habló de abuso de autoridad), Daniel Sabsay (dijo que se elude el decreto 222), Andrés Gil Domínguez (dijo que hay gravedad institucional y que no hay razones de excepcionalidad), Ricardo Gil Lavedra (“la decisión es grave y no sostenible”), Alejandro Carrió (dijo que la Corte puede funcionar igual), León Arslanian (“no hay justificación”).

“Si el mecanismo de designación de los jueces del máximo tribunal de la Nación no es válido –indica Ramos Padilla–, si ello no surge del texto ni del espíritu de la Constitución, si con ello se afecta la división de poderes, la independencia de los jueces, la garantía del juez natural, las facultades del Congreso, la participación y control ciudadano y en definitiva, a la cabeza de uno de los poderes del Estado y por ende, a todo el sistema de justicia, resulta necesario que los mecanismos constitucionales se pongan en funcionamiento cuanto antes para frenar esa ilegalidad que afecta principios básicos sobre los que se asienta la república.” Por todo esto es que el fallo anticipa que la designación podría ser nula en una resolución sobre el fondo y corresponde suspenderla. Este estado de situación podría cambiar con la apelación del Ejecutivo (de acuerdo con cómo sea concedida seguirá suspendida la jura o no) o con una eventual aprobación del Senado.

Página/12 :: El país :: Freno a los jueces por decreto y “en comisión”

Crie um website ou blog gratuito no WordPress.com.

%d blogueiros gostam disto: